El Real Decreto 13/2012 establece modificaciones que afectan entre otras normas, a la ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico (LSSI). Se introdujo por ejemplo la prohibición del envío de comunicaciones comerciales en las que se disimule o se oculte la identidad del remitente, entre otras.
No obstante lo anterior, dentro de las modificaciones planteadas, sin duda una de las más importantes es la relativa al artículo 22 de la LSSI: respecto a la instalación de cookies, podrá realizarse siempre y cuando los usuarios hayan dado su consentimiento después de que se les haya facilitado información clara y completa sobre su utilización, en particular, sobre los fines del tratamiento de los datos, con arreglo a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. Esto quiere decir que primero hay que informar claramente y segundo, recabar ese consentimiento, es decir, “consentimiento informado”. Por lo tanto, los web sites que además de las cookies de carácter necesario, utilicen otras, deben informar y facilitar al usuario su desactivación.
Artículo 22 Derechos de los destinatarios de servicios
Los prestadores de servicios podrán utilizar dispositivos de almacenamiento y recuperación de datos en equipos terminales de los destinatarios, a condición de que los mismos hayan dado su consentimiento después de que se les haya facilitado información clara y completa sobre su utilización, en particular, sobre los fines del tratamiento de los datos, con arreglo a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
Cuando sea técnicamente posible y eficaz, el consentimiento del destinatario para aceptar el tratamiento de los datos podrá facilitarse mediante el uso de los parámetros adecuados del navegador o de otras aplicaciones, siempre que aquél deba proceder a su configuración durante su instalación o actualización mediante una acción expresa a tal efecto.
Lo anterior no impedirá el posible almacenamiento o acceso de índole técnica al solo fin de efectuar la transmisión de una comunicación por una red de comunicaciones electrónicas o, en la medida que resulte estrictamente necesario, para la prestación de un servicio de la sociedad de la información expresamente solicitado por el destinatario
Agencia Española de Protección de Datos ha publicado una guía respecto al uso de las Cookies.
A modo de resumen de la guía:
Lo primero es llevar a cabo una revisión de las cookies que se utilizan. Está revisión tendrá como objetivo identificar las cookies que se están instalando, analizando si son cookies propias o de terceros, de sesión o permanentes y concretando su función para poder decidir si las mismas se encuentran o no en el ámbito de aplicación del artículo 22.2.
En segundo lugar, en relación con la accesibilidad y visibilidad de la información sobre cookies, (que es distinto que la forma de obtener el consentimiento que se explica en el siguiente punto), se puede potenciar de las siguientes formas:
A través del formato del enlace: Por ejemplo, incrementando el tamaño del enlace a la información o utilizando una fuente diferente que distingan ese enlace del texto normal de la página web y de otros enlaces.
A través del posicionamiento del enlace: La localización del enlace en zonas que capten la atención de los usuarios puede ayudar a garantizar su accesibilidad y visibilidad.
A través de la utilización de una denominación descriptiva e intuitiva para el enlace: La utilización de una expresión explicativa como por ejemplo “Política de cookies”, en lugar de una expresión más general como “Política de privacidad” para mejorar la accesibilidad y visibilidad del mensaje.
A través de otras técnicas que ayuden a destacar la importancia de ese enlace informativo, tales como encuadrar o subrayar el enlace, desplegar un aviso cuando el puntero del ratón pasa sobre el enlace o utilizar una imagen o icono sobre el que se pueda hacer clic y que anime a buscar más información.
En tercer lugar, Informar a los usuarios y obtener su consentimiento:
Es aconsejable que la citada información, y en particular la relativa a la forma a través de la cual pueden gestionar las cookies, esté a su disposición de forma accesible y permanente en todo momento a través la página web desde la que se presta el servicio.
a.- El suministro de información a través de una barra de encabezamiento o en el pie de página, de forma suficientemente visible.
b.- Al solicitar el alta en un servicio, o antes de descargar un servicio o una aplicación, podrá suministrarse esta información junto con la política de privacidad, o en los términos y condiciones de uso del servicio.
A fin de mantener la visibilidad de la información sobre las cookies, ésta deberá de ser destacada y separada (mediante un hiperenlace distinto, por ejemplo) del resto.
Para la obtención del consentimiento:
EJEMPLO propuesto por la Agencia:
“Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios y mostrarle publicidad relacionada con sus preferencias mediante el análisis de sus hábitos de navegación. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Puede cambiar la configuración u obtener más información aquí”.
La obtención del consentimiento que se infiere de una conducta de los usuarios es admisible, pero puede presentar mayores dificultades de prueba sobre su obtención. Esto dependerá, fundamentalmente, de la claridad y accesibilidad de la información que se le haya ofrecido para obtenerlos.
A modo de ejemplo, se entenderá que se ha prestado el consentimiento al seguir navegando cuando tras informar sobre el uso de cookies:
- El usuario ha utilizado la barra de desplazamiento, siempre y cuando la información sobre las cookies sea visible sin hacer uso de ésta;
- El usuario ha clicado sobre cualquier enlace contenido en la página.
Ejemplos:
Si solo tenemos analítica web:
“Este sitio web utiliza cookies para obtener datos estadísticos de la navegación de sus usuarios. Si continúa navegando, consideramos que acepta su uso. Si quiere, puede cambiar tus preferencias o ampliar esta información aquí”
Cookies propias y de terceros como de adservers.
“Utilizamos cookies para mejorar nuestros servicios y mostrarle publicidad relacionada con sus hábitos de navegación. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Puede cambiar la configuración u obtener más información aquí”.
Cuando pulsan la opción “AQUÍ” de los ejemplos anteriores hay que mostrar la política de cookies.
Recordar que hay que tener además un enlace denominado “Política de cookies” junto a la política de privacidad. Guía de Cookies de la Agencia Española de Protección de Datos Ver
De acuerdo con la obligación establecida por el Real Decreto- Ley 13/2012, que modifica la Ley 34/2002, de 11 de Julio de Servicios de la Información, se le informa y solicita el consentimiento del usuario de la web acerca del uso de cookies por la página web www.ospa.es Las cookies son ficheros enviados e instalados en el equipo del usuario por medio del navegador utilizado con la finalidad de registrar las actividades del usuario durante su tiempo de navegación, con datos estadísticos para mejorar la navegación.
Se recoge información anónima, y en ningún supuesto se identifica al usuario.
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